Exhumación / Reducción de restos dentro del mismo cementerio y Traslados

Ayuntamiento de Alcalá de Henares

La Reducción de Restos podrá efectuarse una vez transcurridos 10 años de la inhumación para favorecer la mayor capacidad de las sepulturas.

No se podrán realizar Reducciones de Restos ni Traslados durante la temporada estival.

En el caso de los Traslados, ha de solicitarse y obtenerse autorización municipal.

No se podrán efectuar reducciones de restos en sepulturas temporales, si faltare para el cumplimiento o vencimiento menos de 5 años, en cuyo caso deberán abonar un nuevo período de alquiler por 10 años más como mínimo, a contar desde la fecha de su vencimiento. No será aplicable esta norma en caso de posterior renuncia a la sepultura, hecho que deberá hacer constar por escrito.

La solicitud irá a nombre del titular o un familiar del titular de la concesión.

Tramitado el expediente, se emitirá una liquidación a nombre del solicitante que será enviada a su domicilio. Una vez efectuado el pago, hay que ponerse en contacto con el Cementerio Municipal (91 888 15 64) y concertar cita para la realización del servicio.

 

Documentación requerida:

  • Solicitud cumplimentada indicando el nº de sepultura, cuartel y titular de la misma. En TRASLADOS habrá que especificar el cementerio de destino y lo que se quiere hacer con la sepultura una vez realizado el traslado (mantenerla o renunciar a ella)
  • Título/Documentación de la Sepultura
  • Certificado de Defunción
  • Libro de Familia para acreditar la relación con el finado
  • DNI del solicitante

 

Si no dispone de algún documento, tendrá que aportar Declaración Jurada.

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